- Son 291 euros anuales (24,25 euros mensuales), cuando los ingresos del beneficiario no rebasen el límite establecido de 11.576,83 euros anuales más un 15% por cada hijo o menor acogido a cargo a partir del segundo.
Si se trata de familias numerosas, el límite será de 17.122,59 euros, en los supuestos en que concurran 3 hijos a cargo, incrementándose en 2.773,39 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, éste incluido.
- Hijos o menores acogidos menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33%:
1000 euros anuales por hijo (250 euros trimestrales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de necesidades especiales. Más info AQUÍ
- Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres discapacitadas:
Prestación económica de pago único que se reconoce por el nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas, en familias monoparentales y en los casos de madres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que no se supere un determinado nivel de ingreso.
La prestación se abona en un pago único, cuya cuantía asciende a 1.000,00 euros, siempre que los ingresos del beneficiario no rebasen el límite establecido.
Más info AQUÍ.
- Prestación económica por parto o adopción múltiples:
Prestación de pago único que tiene por objeto compensar, en parte, el aumento de gastos que produce en las familias el nacimiento o la adopción de dos o más hijos por parto o adopción múltiples.
La prestación consiste en un pago único, cuya cuantía será:
2 |
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2.620,80 euros |
3 |
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5.241,60 euros |
4 y más |
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7.862,40 euros |
Más Info AQUÍ.